viernes, 12 de abril de 2013

Viernes, 12 de abril del 2013.

EL ASAMBLEÍSTA DE PACHAKUTIK ENFRENTA UN PROCESO PENAL POR DENUNCIA MALICIOSA Y TEMERARIA

La audiencia final, convocada por la doctora Lucy Blacio para el 11 de abril de 2013, en el juicio de acción privada por calumnia judicial que sigue el Eco. Rafael Correa en contra de Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, se enmarca dentro del debido proceso, una vez que el señor Fiscal General desestimó las denuncias de delito de lesa humanidad por carecer de todo fundamento.
El 04 de agosto del 2011, Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, presentaron ante el Fiscal General del Estado una denuncia penal en contra del Presidente de la República por los hechos ocurridos el 30 de septiembre del 2010.
Los denunciantes aseveraron que el presidente Rafael Correa fingió estar secuestrado en el Hospital de la Policía y furtivamente se trasladó a las instalaciones de la Universidad Técnica Equinoccial donde se habría ordenado disparar a mansalva contra civiles desarmados, mientras se solazaba de los resultados de semejante acto.
En mayo de 2012, el Juez Richard Villagómez ordenó el archivo de la denuncia, la misma que fue calificada de maliciosa y temeraria; es decir, sin fundamento y con el ánimo de hacer daño. De esta forma, el Eco. Rafael Correa inició un proceso de acción penal privada en contra de los denunciantes. La diligencia convocada por la jueza Lucy Blacio es una consecuencia de las falsas imputaciones proferidas por los acusados.
Sin embargo, Cléver Jiménez no presentó prueba alguna y lo único que ha esgrimido en su defensa es su calidad de Asambleísta, razón por la cual pretende que su conducta quede en la impunidad amparándose en la inmunidad parlamentaria. No obstante, el inciso segundo del Art. 128 de la Constitución establece como excepción de inmunidad parlamentaria justamente los actos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de las funciones de asambleísta.
La audiencia prevista para hoy fue suspendida por la inasistencia de Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa incumpliendo las normas expresas del Código de Procedimiento Penal según las cuales se debía haber instalado esta diligencia judicial.

Comentario:
Podemos darnos cuenta la sagacidad de algunas personas, después de hablar sin fundamentos, no asiste a la audiencia revelándose a la justicia. La Corte Nacional de Justicia debe actuar deliberadamente sin preferencias. La justicia está hecha para todos y todas como en la constitución la contempla.

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